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domingo, 30 de julio de 2017

Intentó donar sangre, lo rechazaron por ser gay y se abrió el debate

Ariel Heredia se acercó al Hospital Garrahan para donar sangre, pero lo rechazaron por su orientación sexual.

Él es jugador de Los Dogos, la Selección Argentina de fútbol gay y es funcionario del Ministerio de Modernización, institución que posee convenio con el Hospital Garrahan para que sus empleados donen sangre.

Se acercó junto a su pareja y un compañero de trabajo para donar sangre, pero ninguno pudo hacerlo debido a su orientación sexual.

¿Qué dice la ley?
En nuestro país en el año 2015, se modificó la Resolución Nº 865/2006, reglamentaria de la Ley de Sangre Nº 22.990, para eliminar del cuestionario para los posibles donantes, una pregunta sobre la orientación sexual, por la cual quedaban excluidas las personas gays, lesbianas, travestis, transexuales, bisexuales e intersexuales.

La ley existe, pero el Hospital Harrahan no la cumple.

Ariel decidió realizar una denuncia ante la Defensoría del Pueblo de la Ciudad y en el INADI, junto con la Federación Argentina LGBTI.

La respuesta del Hospital
Silvina Kuperman, jefa del servicio de Hemoterapia del Hospital Garrahan explicó ante La Nación, que la decisión de no seleccionar como donantes a hombres homosexuales es por evidencia epidemiológica y no por discriminación por su elección sexual.

La medida está basada en el último boletín de HIV de Argentina, donde aseguran que el 0,4% de la población tiene riesgo de contraer el virus, pero que ese número se incrementa al 7% en personas con problemas de drogadicción que usan jeringas, al 15% en hombres gays y al 34% en transexuales.

Aunque la modificación de la ley eliminó la pregunta del cuestionario sobre la orientación sexual, no está prohibido preguntarle a un hombre con quién mantuvo y/o mantiene relaciones. Además, deja la elección en cada institución de salud, decidir a quien acepta como donante y a quien no, por lo cual se generan controversias en este caso. 

Si bien la medida del hospital mantiene su decisión basada en datos epidemiológicos, es anticonstitucional y excluye a los miembros de la comunidad LGBT de Argentina.

Además, se debería considerar que el VIH se transmite solo por tres vías comprobadas: sexual, sanguínea o de madre a hijo durante el embarazo, el parto o la lactancia. No distinguen sexo, edad, ni orientación sexual.

Este hecho saltó a la luz de la agenda pública, será cuestión de la Justicia tomar las medidas necesarias para evaluar cuáles son las medidas que toman las instituciones de salud con respecto a quién puede ser donante y quién no.

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